Número 43

Este control no termina en la puesta en el mercado. El sistema de cosmetovigilancia permite detectar cualquier efecto adverso inesperado y actuar de inmediato si surge una preocupación sobre la seguridad de un producto o ingrediente. Además, cuando aparecen nuevos datos científicos, entra en juego el Comité Científico de Seguridad de los Consumidores (SCCS, por sus siglas en inglés), cuyos expertos realizan una evaluación toxicológica exhaustiva para confirmar —o no— la seguridad de uso en cosméticos. En este contexto, las sustancias clasificadas como CMR bajo el Reglamento CLP (Reglamento (CE) 1272/2008) están, con razón, sujetas a un régimen especialmente estricto. El Reglamento cosmético establece su prohibición automática, salvo que se conceda una exención conforme al artículo 15, siempre con un requisito indispensable: una evaluación científica favorable del Comité Científico de Seguridad de los Consumidores. El problema no es el principio. El problema es que, en la práctica, el mecanismo de exención no está funcionando de forma eficaz ni predecible. La consecuencia es la pérdida acelerada de ingredientes ampliamente utilizados en cosmética, a pesar de contar con un historial de uso seguro y, en algunos casos, con evaluaciones positivas recientes del mencionado comité. CLASIFICACIÓN DE PELIGRO NO ES EVALUACIÓN DE RIESGO Uno de los grandes malentendidos que alimentan este debate es la confusión entre peligro y riesgo. La clasificación CMR (Carcinogénico, Mutagénico o Tóxico para la Reproducción) bajo el Reglamento CLP se basa la evaluación de peligro potencial teniendo en cuenta las propiedades intrínsecas de las sustancias y, con frecuencia, en estudios en condiciones extremas de exposición (dosis diarias vía oral de hasta 1000mg/ kg peso). Este enfoque es entendible para ámbitos industriales, pero no refleja el uso cosmético real. Los cosméticos se aplican sobre la piel, el cabello o las uñas, siempre en concentraciones bajas. La piel actúa como una barrera biológica eficaz y la biodisponibilidad sistémica de los ingredientes cosméticos es limitada. Por hacerlo sencillo, podemos decir que el CLP evalúa sustancias en “el barril”; en cosmética se usan “gotas” de esas sustancias dentro de una fórmula. Trasladar sin matices el escenario del barril al de la gota no es más prudencia, sino que se pierde de vista cómo se protege realmente al consumidor. EL PAPEL CENTRAL DEL COMITÉ CIENTÍFICO DE SEGURIDAD DE LOS CONSUMIDORES (SCCS) El SCCS responde a una pregunta clave: ¿es seguro este ingrediente en un producto cosmético concreto y en condiciones reales de uso? Para ello analiza datos toxicológicos, calcula la exposición del consumidor procedente del uso cosmético y de otras fuentes, considera poblaciones vulnerables y, con todo ello, determina el Margen de Seguridad (MoS), teniendo en cuenta 91 PRIMAVERA 2026 INDUSTRIA COSMÉTICA 043 regulación

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