SI HAY UN SECTOR que se ha tenido que transformar en tiempo récord en ecofriendly por demanda y tendencia del mercado, ese es el de la cosmética. Con el boom de los productos naturales y la conciencia social, se han puesto a la venta cientos de referencias en los distintos ecommerces y ferias.
Sin embargo, al hablar de cosmética natural, es obligatorio hacerlo también de la exigencia que, como consumidores, debe hacerse a sus productos. Una exigencia que pasa por cumplir los requisitos legales que se imponen a nivel europeo al respecto, algo que no siempre se cumple en fabricantes de productos cosméticos handmade. Omitir esto es lo que podría poner en riesgo, no solo la viabilidad de un negocio, sino también la reputación de un sector entero.
La cosmética natural, al igual que cualquier producto cosmético, incluidos los jabones artesanos, están sujetos tanto a la a normativa europea como a la nacional, no solo por el aval de seguridad para el usuario, sino también por motivos sanitarios.
El objetivo que se persigue con esta exigencia es la protección y mantenimiento de la salud, ya que son productos que están directamente en contacto o entran en el organismo.
Tres son las normas básicas: Reglamento (CE) 1223/2009 del Parlamento europeo y del Consejo de 30 de noviembre de 2009, norma ISO 22716 y RD 85/2018, de 23 de febrero, por el que se regulan los productos cosméticos.
SE TIENE QUE GARANTIZAR que los productos cosméticos son seguros para evitar problemas de toxicidad, irritabilidad y/o sensibilización. No existe actualmente una definición concreta o reglada de lo que es cosmética natural. Se podría definir como aquella cosmética elaborada a base de ingredientes de la propia naturaleza como los aceites vegetales, mantecas, ceras, aceites esenciales, plantas, y otros aditivos naturales. Es una cosmética que casi se podría comer, porque está elaborada con productos naturales que incluso podemos encontrar en nuestra cocina y no tiene químicos. Normalmente este tipo de cosméticos son productos handmade, hechos a mano por artesanos, no a escala industrial.
LA DEFINICIÓN SE PUEDE ENCONTRAR en el RD 85/2018 y Reglamento (CE) 1223/2009. Un producto cosmético se define como toda sustancia o preparado destinado a ser puesto en contacto con las diversas partes superficiales del cuerpo humano (epidermis, sistema piloso y capilar, uñas, labios y órganos genitales externos) o con los dientes y las mucosas bucales, con el fin exclusivo o principal de limpiarlos, perfumarlos, modificar su aspecto y/o corregir los olores corporales y/o protegerlos o mantenerlos en buen estado.
Entre los productos cosméticos, cabe incluir: cremas, emulsiones, lociones, geles y aceites para la piel, mascarillas de belleza, maquillajes de fondo (líquidos, pastas, polvos), polvos de maquillaje, polvos para aplicar después del baño, polvos para la higiene corporal, jabones de tocador, jabones desodorantes, perfumes, aguas de tocador y agua de colonia, preparados para baño y ducha (sales, espumas, aceites, geles), depilatorios, desodorantes y antitranspirantes, colorantes para el cabello, productos para la ondulación, alisado y fijación del cabello, productos para marcado del cabello, productos para la limpieza del cabello (lociones, polvos, champús), productos para el mantenimiento del cabello (lociones, cremas, aceites), productos para el peinado (lociones, lacas, brillantinas), productos para el afeitado (jabones, espumas, lociones), maquillaje y productos para desmaquillar, productos destinados a aplicarse en los labios, productos para cuidados bucales y dentales, productos para el cuidado y maquillaje de las uñas, productos de higiene íntima externa, productos para el sol, productos para el bronceado sin sol, productos para blanqueo de la piel y productos antiarrugas.
HACER COSMÉTICA NATURAL ESTÁ AL ALCANCE DE TODOS, formular este tipo de cosméticos no es complejo y puede formarse cualquier persona para hacerlo. No es algo exclusivo para químicos. Se pueden encontrar ofertas formativas en muchas universidades con masters o titulaciones propias que pueden ser cursadas por cualquier persona.
Para poder vender un producto cosmético este ha tenido que fabricarse en un laboratorio, siguiendo las buenas prácticas de fabricación, y ha debido someterse a pruebas de análisis para valorar la estabilidad del cosmético, caducidad, toxicidad, análisis microbiológicos, etc.
Una de las opciones más extendidas es que el artesano pueda empezar a comercializar su producto subcontratando la fabricación de sus cosméticos a un laboratorio.
Como cualquier negocio, siempre se requiere inversión. En la mayoría de los casos, estos artesanos son personas con formación y hacen muy buenos productos.
DESDE EL PUNTO DE VISTA LEGAL, cualquier persona física o jurídica puede dedicarse a la fabricación de productos cosméticos y de higiene personal, siempre que previamente haya realizado la declaración responsable del comienzo de la actividad ante la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS).
Cuando se presenta esta declaración responsable ante la AEMPS se está haciendo una declaración jurada de que se cumple con la normativa y las buenas prácticas de fabricación.
La normativa vigente establece las normas al respecto de las condiciones que deben cumplir tanto las instalaciones donde se fabrique y almacene el producto como del control de calidad, etiquetado, personal implicado, etc.
Cada producto cosmético tiene que tener su informe de seguridad con la descripción clara del producto, función real, etiquetado, fórmula completa, quién lo fabrica, etc. A esto se incorporará un documento firmado por un evaluador de seguridad que cuente con titulación en grado de farmacia, toxicología, medicina u otra similar equivalente.
Pasados todos los análisis, cuando se quiere comercializar el producto hay que hacer una notificación electrónica europea, para verificación de cualquier estado miembro de la UE.
AL UTILIZARSE PARA LA COSMÉTICA NATURAL MATERIA PRIMA BASADA EN PLANTAS MEDICINALES, principios activos de origen vegetal, sustancias aromáticas o incluso alimentos, es necesario conocer en profundidad cómo formular los productos para que esto no suponga una incompatibilidad con las medidas sanitarias y eso es lo que consiguen avalar los informes presentados.
En definitiva, uno de los sectores emergentes que mejor venta está registrando en el último lustro, necesita de una vez avalar en su totalidad sus procesos para evitar que fabricantes que no cumplen con la normativa puedan devaluar, no solo la calidad, sino la seguridad de los productos que están en venta en cualquier rincón de nuestro continente.
Nombre | Gloria Méndez |
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Empresa | Jaboneko |
Cargo | Fundadora, Experta en Legislación en Cosmética y Técnico en Dermocosmética Natural |
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